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AVISO SOBRE INGRESO DE DIVISAS EN TÚNEZ

 

Qué se debe declarar a la aduana:

Toda operación de importación o exportación de divisas cuyo valor sea igual o superior a 20.000 dinares tunecinos (equivalente aproximadamente a 6.550,00 USD o 6.273,00 Euros dependiendo del cambio del día de la fecha) debe ser objeto de una declaración de divisas a las autoridades aduaneras en el momento de la entrada, salida y operación de tránsito (Orden del Ministro de Finanzas del 24 de julio de 2019 por la que se modifica la Orden de 1 de marzo de 2016 por la que se fijan los importes previstos en los artículos 100, 107, 108, 114 y 140 de la Ley nº 2015-26 de 7 de agosto de 2015, relativa a la lucha contra el terrorismo y el blanqueo de capitales.)

Los viajeros no residentes en Túnez sólo podrán reexportar el valor de un importe superior a 5.000,00 dinares tunecinos en divisas (equivalente a 1.639,32 USD aprox. o 1.570,00 Euros dependiendo del cambio del día de la fecha) en billetes que hayan importado, siempre y cuando hayan completado a la entrada del territorio tunecino una declaración de importación de las divisas en su posesión debidamente refrendada por los servicios de aduanas (Nota DGD n° 094 año 2007/ JORT n°18 de 02/03/2007).

Los viajeros no residentes no podrán reexportar el valor de un importe superior a treinta mil (30.000) dinares en divisas (9.812,00 USD o 9.412,00 Euros aprox. dependiendo del cambio del día de la fecha) en billetes de banco que hayan importado y declarado a la entrada.

En caso de que se sobrepase dicho importe, la reexportación deberá ser efectuada por las instituciones financieras y bancarias habilitadas (Nota del Ministro de Hacienda por la cual se modifica lo publicado en el Boletín Oficial de la República de Túnez de 3 de febrero de 2006, que fija las condiciones de reexportación por los viajeros no residentes de divisas en billetes de banco importados).

La declaración de importación de divisas es válida durante (3) meses a partir de la fecha de entrada del viajero no residente en Túnez y sólo puede utilizarse, en cualquier caso, para un solo viaje. (Artículo 11 de la circular a los intermediarios autorizados nro.13 del año 2007)

La declaración de importación de divisas es personal en lo que se refiere a la persona a cuyo nombre está establecida y no es transferible. (Artículo 2 del anuncio de cambio del Ministerio de Hacienda publicado en el JORT del 03/02/2006 - página: 728).

Cómo y dónde declarar las divisas importadas?

Debe realizar la declaración de divisas antes de salir de la zona de Aduana. Los formularios para realizar la declaración de divisas le serán proporcionados a su solicitud por los servicios aduaneros en las fronteras. Se deberá dirigir al mostrador de la aduana "Declaración de divisas". Cabe precisar que la declaración de divisas al regresar a Túnez está sujeta a un sello fiscal de 10 dinares, independientemente del valor del importe declarado.

Las divisas que importe con usted podrán ser intercambiadas en su totalidad por dinares tunecinos, o conservadas e intercambiadas según sus necesidades, en bancos o establecimientos autorizados.

En caso de cambio de divisas por dinares, guarde el comprobante de cambio. Este documento le será útil cuando desee intercambiar, en un banco, el remanente de los dinares en su posesión por divisas.

 

 

 

Fecha de actualización: 16/05/2022