A partir del 2 de septiembre comenzará la implementación de la Apostilla/Legalización digitales para documentos públicos electrónicos, vía WEB mediante TAD (Trámite a distancia).
Este trámite permite solicitar a distancia la Apostilla o Legalización de documentos públicos de naturaleza electrónica (es decir, que tengan una firma digital/electrónica), para ser presentados en el exterior, sin la necesidad de gestionar turnos.
El recurrente que solicite un trámite vía TAD (iniciando la solicitud a través de la web http://tramitesadistancia.gob.ar - se recomineda revisar el Manual del Usuario), una vez gestionado el mismo por la administración, lo recibirá concluido para su utilización por esa misma vía (ingresando a TAD).
En el caso de la apostilla/legalización digital, se podrá, además, ingresando a la web https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional, verificar la intervención visualizando el documento original digital intervenido.
¿Qué tipo de documento puedo solicitar para su apostilla o legalización?
* Documentos públicos de naturaleza electrónica emitidos por autoridad argentina (no se aceptan documentos escaneados ni digitalizados), que se encuentren en formato PDF y firmados en forma digital electrónicamente.
* Documentos emitidos por la red consular argentina o bien por las Representaciones extranjeras acreditadas en la República ARgentina, que sean de naturaleza electrónica y cuenten con firma digital o electrónica y en formato PDF. Dichos documentos solo son legalizables y se encuentran excluidos de la apostilla.
* El trámite no aplica para partidas de registro civil exentas de pago.
¿Quién puede iniciar el trámite?
* El titular del documento a apostillar/ legalizar, o bien otra persona, siempre que sea mayor de 18 años y que cuente con CUIT y Clave Fiscal Nivel 2 (o superior).
No se requiere la asistencia de gestores, siendo este trámite ágil y sencillo.
IMPORTANTE:
1) La aceptación de la solicitud de trámite remitido vía TAD queda sujeta a la verificación de la Coordinación de Legalizaciones de la Cancillería Argentina y en caso de rechazo no habilitará reintegro de la tasa abonada.
2) Los trámites que se reciban y tramiten vía TAD son de naturaleza electrónica (no escaneados) como por ejemplo: Certificados de Antecedentes Penales, Partidas de Estado Civil emitidas por registros civiles con firma digital, Certificados de Legalidad emitidos a nivel nacional, certificados ANMAT y documentación emitida vía GDE por APN (Administración Púlbica Nacional).
3) El costo del trámite es pagado vía TAD mediante el sistema E-recauda. Por ello, la tramitación íntegra del documento y su apostilla/legalización es a distancia y sin necesidad de gestores ni turnos en el país. El sistema E-recauda opera por intermedio de la plataforma de AFIP mediante la generación de VEP y vinculación directa con TAD. Por ello, una vez generado el VEP, el pago por medios electrónicos puede ser efectuado por el mismo requirente o bien por un tercero.
4) Se recomienda revisar el Manual para el usuario, el cual se puede descargar en el siguiente link: https://www.cancilleria.gob.ar/userfiles/2017/apostilla_y_legalizaciones...
Más información en la web: https://www.cancilleria.gob.ar/…/apostilla-legalizacion-doc…
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Se recuerda que, como parte del Plan de Modernización del Estado, se implementó a partir del 15/04/2019 el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único medio para la generación de Apostillas y Legalizaciones de validez internacional emitidas en la República Argentina.
Los detalles, modelos e instructivos pueden revisarse en el siguiente portal: https://www.cancilleria.gob.ar/…/legalizacion-apostilla-o-h…
Los nuevos formatos de las Apostillas conservarán las exigencias de legalidad nacional e internacional, siendo aplicable tanto para los documentos públicos con firma digital o electrónica, como para aquellos que cuenten con firma ológrafa. Las nuevas Apostillas consistirán en un documento PDF firmado digitalmente con respaldo a perpetuidad en un único repositorio centralizado que garantiza su integridad, accesibilidad y disponibilidad. Además, la validez de cada Apostilla podrá ser verificada en línea a través del portal https://www.argentina.gob.ar/legalizacion-internacional
Así, desde el 15/04/2019 las Apostillas serán:
1.- Apostilla Electrónica: Apostilla emitida en el sistema de GDE con firma digital, encontrándose embebido el documento público generado o reproducido en soporte electrónico, digitalizado y considerado original.
2.- Apostilla con firma digital: Apostilla emitida en el sistema de GDE con firma digital, adherido al documento público con firma ológrafa de naturaleza papel. Esta Apostilla NO dispone del documento original embebido.
Cabe señalar que mismas novedades serán aplicadas para el caso de Legalizaciones de validez Internacional, intervención útil para la presentación de documentos públicos argentinos en países que no formen parte del Convenio de la Haya de 1961.
Estas novedades no modifican el listado de las autoridades argentinas habilitadas para apostillar documentos públicos argentinos, que -como hasta el momento- siguen siendo:
a) el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; y
b) los Colegios de Escribanos de la República Argentina (http://www.cfna.org.ar/colegios/).
Los Consulados argentinos no tienen competencias para apostillar documentos